LA CORTE SUPREMA TUVO QUE DAR MARCHA ATRÁS CON LA LEY DE TIERRAS Y COMPLICÓ LA ESTRATEGIA DE MILEI

La Corte Suprema de Justicia de la Nación suspendió provisoriamente la derogación de la Ley de Tierras Rurales impulsada por Javier Milei mediante el DNU 70/2023. La decisión restablece temporalmente las restricciones a la compra de tierras rurales por parte de extranjeros y representa un nuevo revés judicial para el Gobierno nacional, que había incluido la eliminación de esa normativa entre sus principales medidas de desregulación económica.
El conflicto se desencadenó después de que el máximo tribunal revocara una sentencia relacionada con la aplicación de la ley. Aquella resolución se basó en cuestiones procesales y en la falta de legitimación de quienes habían presentado la demanda, pero sus consecuencias reabrieron el debate sobre la vigencia de las restricciones a la propiedad extranjera de tierras rurales.
Ante ese escenario, la Corte volvió a intervenir a partir de otra causa judicial, presentada por organizaciones y referentes que cuestionan la derogación. La nueva resolución fue respaldada por Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, junto con los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci. Carlos Rosenkrantz votó en disidencia.
La decisión deja en evidencia las dificultades que atravesó el tribunal para encauzar una controversia que adquirió relevancia jurídica y política. El primer fallo había generado cuestionamientos por sus efectos sobre una ley que establece límites a la concentración de tierras rurales en manos extranjeras. La nueva medida cautelar permitió recuperar provisionalmente esas restricciones, mientras continúa el análisis judicial.
La Ley 26.737, sancionada en 2011, establece que la titularidad extranjera no puede superar el 15% de las tierras rurales del país. También fija límites para evitar la concentración de propiedades en manos de personas o empresas de una misma nacionalidad y contempla restricciones específicas para determinadas zonas.

Milei derogó ese régimen mediante el artículo 154 del DNU 70/2023, con el argumento de eliminar regulaciones y facilitar las inversiones. Sin embargo, la medida abrió una disputa sobre el alcance de las facultades del Poder Ejecutivo para modificar una legislación vigente mediante un decreto de necesidad y urgencia.
La controversia también llegó al Congreso, donde sectores de la oposición buscan avanzar contra el DNU. El debate incluye cuestiones vinculadas con la soberanía territorial, la protección ambiental, el acceso a la tierra y las condiciones para el ingreso de capitales extranjeros.
El Gobierno sostiene que flexibilizar las restricciones puede favorecer las inversiones y la actividad económica. Sus críticos, en cambio, advierten sobre los riesgos de permitir una mayor concentración de tierras y reclaman preservar herramientas legales para proteger los recursos naturales y el territorio nacional.
La Corte todavía no resolvió definitivamente la constitucionalidad de la derogación. La suspensión es provisoria y la causa deberá continuar en los tribunales correspondientes, que tendrán que examinar los planteos presentados y determinar cómo sigue el proceso.
El episodio representa un nuevo frente judicial para Milei y vuelve a poner bajo discusión uno de los ejes de su política económica: la eliminación de regulaciones mediante decretos. Mientras el Gobierno defiende su estrategia de desregulación, la Justicia mantiene abiertas las objeciones sobre la aplicación de una reforma que afecta directamente el régimen de propiedad de las tierras rurales.



